Asistencia Recreativa
Jardines Infantiles y Salas Cunas
DAN
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Vivienda Propia
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Convenio Colectivo de Escolaridad y Accidentes Personales
La Dirección de Bienestar Social de la Armada, preocupada por la integridad de los hijos del Personal Institucional, estableció un seguro colectivo de accidentes personales con Mapfre Compañía de Seguros S.A. para cualquiera de los alumnos que asisten a alguno de los establecimientos educacionales dependientes (Colegio Capellán Pascal, Colegio Arturo Prat, Jardines Infantiles, Salas Cunas y Centro de Rehabilitación Dalegría).
El Seguro tiene por objeto proteger a los alumnos que sufran una lesión o accidente. Se entiende por accidente, todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, causado por medios externos, que afecte el organismo del asegurado provocándole lesiones, que se manifiesten por heridas visibles o contusiones internas, incluyéndose asimismo el ahogamiento y la asfixia, torcedura y desgarramientos producidos por esfuerzos repentinos, como también estados septicémicos e infecciones que sean de consecuencia de heridas externas e involuntarias y hayan penetrado por ellas al organismo o bien se hayan desarrollado por efectos de contusiones.
a. Exclusiones
Riñas, riesgos nucleares, curas de reposo, exámenes médicos de rutina, etc.
b. Cobertura
La cobertura comprende:
- Reembolso de gastos médicos por accidente.
- Reembolso de gastos por hospitalización causa de accidente con o sin convalecencia.
- Beneficio de cirugía.
- Cantidad diaria de hospitalización a causa de accidente o enfermedad con o sin convalecencia.
- 60 UF de reembolso por asegurado en gastos Médicos Anual.
- Cobertura de 6 casos innominados de 40 UF adicionales hasta las 100 UF, de tope. (si alguien se pasa de las 60 UF)
- Cobertura en todo el País y Extranjero. (siempre es necesario hacer el reembolsos previo en sus sistema de salud)
c. Procedimiento de siniestro
Ocurrido el accidente, se lleva al alumno a la clínica u hospital de su elección. Posteriormente todos los gastos (Boletas, Bonos, facturas, recetas, etc.) son entregados por el apoderado en las oficinas de Mapfre según el siguiente detalle:
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Ciudad |
Encargado Consorcio |
Dirección |
Fono |
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Iquique |
Cristián Contreras |
San Martín 140 |
057-420035 - 417802 |
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Viña del Mar |
Caroline Becker |
6 Norte 650 |
032-2884648 - 2884676 |
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Santiago |
Carla Almarza |
Isidora Goyenechea 3520, Piso 16 |
02-2304142 |
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Concepción |
Rodrigo Giménez |
Cochrane 770 |
041 - 8888011 - 2227981 |
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Puerto Montt |
Ana María Bahamonde |
Avda. Santa María 739 |
065 - 344508 - 344507 |
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Punta Arenas |
Waldo Fuenzalida |
Av. Pdte. Julio Roca 817, Piso 2, Oficina 22 |
061 - 244159 - 2430353 |
En la compañía se realiza la declaración de accidente. Con el encargado del seguro en la compañía se deben dejar todos los antecedentes completos, adjuntando originales de comprobantes de reembolsos de ISAPRES, FONASA, SISAN, etc., boletas, recetas y programas médicos que corresponda. (Originales).
El período para denuncio del siniestro es de 60 días de corrido desde ocurrido el accidente. En el caso de atenderse en el Hospital Naval debe acompañarse la Atención de Urgencia. La compañía reembolsará lo solicitado en el plazo de diez días hábiles de presentados los antecedentes. El seguro viene a cubrir la diferencia no bonificada por su sistema previsional de forma que los gastos no cubiertos y no bonificados por el Sistema Previsional, sea cual fuera, quedan cubiertos en un 50 %.
Ante cualquier consulta relativa con el seguro contactarse directamente con los corredores de Seguros con Evelyn Páez Chacón, epaez@segumont.cl, teléfono 032-2380325 ó 032-2380329.
d. Recomendaciones
- Debe tener la precaución de registrar y guardar todos los antecedentes necesarios para posteriormente realizar el Denuncio del Siniestro.
- Recuerde que el seguro cubre todos los gastos médicos e insumos que se requieran para la recuperación de su hijo, de forma tal que las boletas, bonos y demás documentos, puede presentarlos en un plazo no superior a 45 días de corridos desde la emisión. Importante considerar que aquellos gastos que no tengan bonificación por el sistema de salud provisional tendrán una bonificación del 50% sobre el gasto incurrido.
Datos necesarios para completar informe denuncio de siniestro
- Lugar, fecha, hora y circunstancias del accidente.
- Identificación completa del medico tratante (nombre, RUT, especialidad, etc.)
- Fecha, lugar y hora de la atención.
- Recetas, que deben identificar claramente al accidentado (nombre completo y RUT), diagnóstico y nombres de medicamentos, de puño y letra del médico tratante.
- Boletas y facturas de farmacias deben indicar nombre y precio de cada medicamento
- Datos Apoderado en forma clara para la correcta emisión de cheques nominativos por parte de la Compañía. Apoderadas casadas indicar nombre de soltera.
- Indicar teléfonos donde efectivamente puedan ser ubicados por la aseguradora
- Se debe expresar claramente si la atención se debió a un accidente o no. Ej. Un dolor de cabeza no es accidente y no amerita reembolso. En cambio, si el dolor es debido a un golpe por accidente sí amerita reembolso. Cabe la posibilidad de que la compañía solicite más antecedentes del siniestro dependiendo la gravedad de éste.
Los antecedentes antes señalados deben ser reunidos por un familiar cercano al alumno accidentado y el denuncio de accidente se deberá efectuar a la Compañía de Seguros por intermedio de la empresa.
Algunas recomendaciones, para facilitar el cobro del Seguro de Accidentes Personales:
- Se deberán adjuntar sólo comprobantes de gastos originales, o los reembolsos originados por estos, también en original.
- El formulario de denuncio de Siniestro, deberá ser presentado a la compañía debidamente completado y firmado por el médico tratante, caso contrario, podrá ser reemplazado por el documento de atención que emita la entidad hospitalaria, donde se indique la fecha del accidente, diagnóstico y los métodos de diagnósticos empleados (radiografías, exámenes, etc.) firmados y timbrados por el médico . Es importante aclarar, que la intención de la compañía de seguros es resguardarse, contra gastos que se generan por motivos distintos a un accidente.
- Si el asegurado accidentado es menor de edad, el cobro del seguro deberá efectuarlo el sostenedor o apoderado. Cuando éste es mayor de edad, podrá efectuarlo directamente en las sucursales de Mapfre.
- Una vez efectuado el trámite en Mapfre, las consultas por el estado de avance las podrán efectuar al 6007004000, con el número de Póliza o Rut del Asegurado.
- Para evitar dudas, a continuación se adjunta archivo con los números de Pólizas asignadas por establecimiento.
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Cubre la educación de aquellos alumnos de alguno de los establecimientos educacionales dependientes de la Dirección de Bienestar Social de la Armada (Colegio Capellán Pascal, Colegio Arturo Prat, Jardines Infantiles, Salas Cunas y Centro de Rehabilitación Dalegría) cuyos sostenedores sufran algún siniestro cubierto por la póliza.
a. Asegurados
Padre o la Madre del Alumno cuya vida se asegura, o el que figura como el apoderado titular, cualquiera de ellos que sea el Sostenedor. Para estos efectos, se entenderá por Sostenedor a quien pague la respectiva colegiatura. En caso que el Sostenedor no sea el Padre o la Madre del Alumno, se otorgará cobertura a la persona encargada del financiamiento de los estudios del Alumno, que se encuentre debidamente individualizada en la póliza. El sostenedor puede ser cualquier persona natural, sea o no miembro de una Institución de las Fuerzas Armadas, Carabineros o Investigaciones.
Cabe señalar que existen Sostenedores que son Funcionarios activos de las Fuerzas Armadas, Carabineros y de Investigaciones, los que por su actividad profesional estarán cubiertos por la Póliza.
La póliza cuenta con 4 opciones de cobertura que son:
1. Cobertura hasta 4º Medio 1 Sostenedor
2. Cobertura hasta 4º Medio 2 Sostenedores
3. Cobertura hasta 6 Años de Estudios Superiores 1 Sostenedor
4. Cobertura hasta 6 Años de estudios Superiores 2 Sostenedores
b. Cobertura
Vida
Esta póliza cubre el riesgo de muerte de un Asegurado, según lo señalado en el Artículo Nº 1 de las Condiciones Generales Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código POL 2.09.088
INV 2/3
Este adicional cubre el riesgo por Invalidez Permanente dos tercios, para el Asegurado Titular, ya sea a causa de enfermedad y/o accidente y de acuerdo a lo indicado en las Condiciones Generales de este adicional. Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el Código CAD 2.09.089
Capital Asegurado
El Capital Asegurado para cada cobertura es de 75 UF anuales, por cada uno de los años que restan de la educación escolar. La Compañía pagará el capital asegurado, a partir del año en que ocurra el siniestro y por el número de años que le faltan al Alumno para terminar su escolaridad completa.
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