Créditos hipotecarios (cobertura de incendio con adicional de sismo)

¿Cómo enfrentar el alza en las primas de los seguros?

Señalan los expertos que quienes estén pagando un crédito hipotecario no están obligados a continuar con la misma compañía que contrató el banco, sino que es importante cotizar otras alternativas, lo que no está permitido es quedarse sin seguro.

Fuente: El Mercurio de Santiago, 13 de Marzo 2011

ImagenUn estudio del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) reveló que tras el terremoto, durante 2010 se registraron alzas de hasta 123% en las primas de seguros de incendio con adicional de sismo incluidos en los créditos hipotecarios.

Según explican en la Asociación de Aseguradores de Chile, esta alza está fuertemente condicionada por las tarifas internacionales de las reaseguradoras. Y además, hay un factor asociado al margen que los bancos buscan en este tipo de negocios y de sus políticas comerciales, afirma Sebastián Ozimica, gerente comercial de Portal-del seguro.cl

¿Qué se puede hacer ante el alza?

Una opción es salir a cotizar. Porque aclaran los expertos que las personas pueden optar por una compañía de seguros distinta a las que les propone el Banco que otorgó el crédito hipotecario.

Derecho a elegir

De hecho, una circular conjunta de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) señala que los bancos deben informar al cliente el derecho a contratar una póliza individual con la compañía aseguradora e intermediario de su elección.

Como afirman en la Asociación de Aseguradores de Chile A.G., en Chile opera el mercado libre. Si el asegurado no está conforme con el alza que le hace su compañía, puede cotizar en otra, según sus necesidades. Nadie está amarrado.

Pero en la práctica, el número de personas que realiza este cambio es marginal, pues implica un esfuerzo de cotizar y comparar pólizas, afirma Antonio Latorre, gerente general de Creditaria Chile.

Es que no es llegar y cambiarse. La nueva póliza debe contar con coberturas iguales o superiores a la antigua, Al Banco le interesa obviamente proteger su préstamo y no va a autorizar cualquier póliza. Hay que fijarse bien, porque cada institución financiera tiene distintas exigencias.

Y se debe tener algo claro: no es una opción quedarse sin seguros. Porque, primero, la ley exige que en el caso de los créditos hipotecarios la propiedad al menos cuente con seguros de incendio y de desgravamen. Y segundo, en general los Bancos imponen como condición para otorgar el préstamo el adicional de sismo para proteger su inversión, señala Latorre.

Indica también el gerente de Creditaria que se deben analizar otros aspectos antes de cambiarse de compañía. Los Bancos en general permiten el pago en 12 meses; en cambio, en algunas compañías de seguros el pago se realiza hasta en 10 cuotas.

Además, señala Sebastián Ozimica, se debe considerar que muchos bancos aceptan el cambio de asegurador siempre y cuando se pague al contado el año completo de primas a favor del Banco, con una cláusula de inalterabilidad que impida que a los pocos meses la persona dé por finalizado el seguro o modifique sus coberturas, montos asegurados o condiciones particulares.

Este cambio de compañía indica Sebastián Ozimica, puede realizarse en cualquier momento, mediante una comunicación escrita al asegurador. Pero hay que considerar, señalan los expertos, que muchas pólizas estipulan que la compañía aseguradora podrá retener un porcentaje de la prima anual en caso de término del seguro. Por ello es fundamental revisar bien las condiciones particulares de la póliza para saber si es conveniente cambiarse de inmediato o esperar la fecha de vencimiento del seguro contratado.

En este sentido, es clave exigir que se informe con anticipación la fecha de vencimiento del seguro y de las alzas para gestionar el cambio, si la situación lo amerita.

En los seguros colectivos es obligación del Banco informar, y que deben hacerlo por carta. En los individuales, se informa al asegurado a través de su Corredor de Seguros, indica la Asociación de Aseguradores de Chile A.G.

Efecto positivo

Por su parte, el Sernac afirma que los consumidores que contratan un crédito hipotecario tienen derecho a que los seguros obligatorios de incendio y desgravamen sean correctamente informados, incluyendo todo aquel dato relevante sobre la cobertura, condiciones, restricciones y costos para ejercer su derecho a la libre elección.

En definitiva, opina Sebastián Ozimica, la actual coyuntura es una buena oportunidad para que las personas evalúen sus pólizas.

Por ejemplo: para fijarse si el Banco remarca las tasas cotizadas por la compañía, y si se preocupa de cubrir los contenidos que generalmente son los más dañados y la asistencia, que consiste en poder arreglar desperfectos que se producen en gasfitería, eléctricos, cristales y cerrajero. Además, opina Sebastián Ozimica, en algunos casos los montos asegurados están sobrevaluados, o cubren el valor del terreno, porque al Banco le interesa asegurar el monto del crédito.

Ayuda oportuna

¿Dónde reclamar o consultar en materia de seguros?

Según instrucciones de la SVS, ante cualquier duda o consulta, las compañías y corredores de seguros deben recibir, registrar y responder las presentaciones, consultas o reclamos que les lleguen directamente del contratante, asegurado o beneficiarios. Si el problema persiste, el cliente puede recurrir a las oficinas del Área de Atención al Inversionista y Asegurado de la Superintendencia de Valores y Seguros (www.svs.cl). Y también en Chile existe la figura del Defensor del Asegurado Chile (www.ddachile.cl).