Preguntas Frecuentes

Encuentra todo lo que necesitas saber acerca de beneficios, prestaciones y otros temas en nuestras Preguntas Frecuentes.

Vivienda Fiscal

1. ¿Qué son las viviendas fiscales?

Recreación

2. ¿El personal de la Armada puede hacer uso de las instalaciones vacacionales de las otras ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden?

Sí, gracias a un Convenio Interinstitucional entre la Armada, el Ejército, Fuerza Aérea, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile, también los servidores navales pueden hacer uso de las instalaciones vacacionales que estas Instituciones poseen a lo largo del país. Para conocer los centros recreacionales en convenio, haga click aquí

Educación

1. ¿Dónde se encuentran ubicados los Jardines Infantiles y Salas Cunas Navales?

El Servicio de Bienestar Social de la Armada cuenta con centros educativos institucionales: Jardines Infantiles y/o Salas Cunas en cuatro de las las cinco Zonas Navales, específicamente en las ciudades de: Iquique, Viña del Mar, Valparaíso, Santiago, Talcahuano, Punta Arenas y Puerto Williams. Todos ellos otorgan educación de calidad a los hijos de servidores de la Institución.

¿Todas las mujeres que trabajan en la Institución y tienen hijos menores de 2 años pueden hacer uso de la Sala Cuna?

La Institución a través del Servicio de Bienestar Social tiene el deber de otorgarle el beneficio de sala cuna que contempla Título II de la Protección a la Maternidad, Paternidad y Vida Familiar, a las servidoras navales que tienen hijos menores de 2 años. 
La Armada cumple las normas de protección a la maternidad, la Paternidad y la vida Familiar, entregando el servicio de Sala Cuna a su personal a través de:
  1. Salas Cunas del S.B.S.A.
  2. Convenios interinstitucionales de prestación de servicios, en las Salas Cunas del Ejército, Fuerza Aérea y Carabineros de Chile.
  3. Pago del servicio en establecimientos particulares con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento, en las ciudades en donde no existen instalaciones mencionadas anteriormente.
El personal deberá solicitar al Departamento o Delegación de Bienestar Social correspondiente, el uso del beneficio que le corresponde, la jornada de atención requerida y la fecha exacta de ingreso a la Sala Cuna. Esto mediante mensaje naval, preferentemente con 60 días de anticipación a su ingreso a la sala cuna. 

7. ¿Qué trámite se debe hacer para inscribir a un hijo en los jardines navales?

El año 2021, al igual que el año 2020, es un año con grandes desafíos para la educación parvularia, a través de sus 9 jardines infantiles y 3 salas cunas, desde Iquique a Puerto Williams, ya que los centros educativos si bien permanecen cerrados físicamente, de acuerdo al Plan Paso a Paso, no dejan de funcionar a través de las plataformas digitales, para dar continuidad al sistema en un nuevo contexto.  

Este año 2021 estos centros educativos se prepararon para volver a reencontrarse con los niños luego de un largo período de aislamiento y distancia social, con las condiciones sanitarias adecuadas para un retorno gradual, flexible y seguro, asegurando la permanencia de los niños y del personal en estos establecimientos.

Las inscripciones se efectúan por escrito como sigue:

Es importante señalar que la inscripción constituye sólo una reserva de vacantes para el siguiente año escolar y no una matrícula formal. Este procedimiento se realiza entre el 15 de Octubre y 30 de Noviembre de cada año, personalmente en la dirección de cada establecimiento, vía Mensaje Naval al Departamento o Delegación de Bienestar Social correspondiente o vía Fax al Departamento, Delegación de Bienestar Social o Jardín Infantil. 

 

 

Apoyo Juridíco

1. ¿Cómo solicitar atención con el Servicio Jurídico?

Debe comunicarse ya sea por teléfono, mail, fax o por intermedio de sus mandos, con el Servicio Jurídico del Departamento o Delegación de Bienestar Social correspondiente.

 

En situaciones urgentes que correspondan a horarios y jornadas no hábiles, los requerimientos pueden ser efectuados directamente al Departamento o Delegación de Bienestar Social, donde el Oficial de Servicio o Jefe de Guardia notificará al abogado de turno que le corresponda atender el caso. De acuerdo a la urgencia, el profesional determinará si la atención se le presta de inmediato o dentro del horario hábil más próximo.

Apoyo Social

1. ¿

 

 

¿Cómo solicitar atención profesional del Servicio de Asistencia Social?

Debe comunicarse ya sea por teléfono, mail, fax o por intermedio de sus mandos, con el Servicio Social del Departamento o Delegación de Bienestar Social correspondiente.

Además, los profesionales asistentes sociales cumplen un rol de guardia, fuera del horario normal de trabajo, para atender situaciones de real urgencia como siniestros (incendios, inundaciones, derrumbes, entre otros), protección de menores o situaciones de fallecimiento de personal en servicio activo o familiares directos (cónyuge, hijos, padres). Para recibir este apoyo el contacto se debe realizar a través del Jefe de Servicio de la Zonal Naval o a través del Oficial de Servicio del Departamento o Delegación de Bienestar Social.

2. ¿Qué tipos de ayuda social entrega el Servicio de Bienestar Social de la Armada?

Los Departamentos y Delegaciones de Bienestar cuentan con asistentes sociales calificados para desarrollar una labor preventiva y correctiva ante problemas de índole social, que puedan afectar el normal desenvolvimiento de la vida familiar del personal institucional. La primera de ellas se encarga de realizar conferencias y talleres relacionados con temas de interés social como prevención de drogas, violencia intrafamiliar, sobreendeudamiento, etc.; en tanto la segunda tiene como objetivo brindar apoyo inmediato y oportuno ante situaciones complejas como problemas económicos, jurídicos, habitacionales, entre otros. Además, esta asistencia presta especial apoyo a los familiares del personal naval que se encuentra en comisión prolongada tanto en Chile como en el extranjero. Por otra parte, gestiona préstamos de auxilio y efectúa orientaciones en tramitación de beneficios institucionales tales como procesos de postulación a becas, estímulos académicos y otros que se mencionan a continuación.

3. ¿Cómo operan los Préstamos de Auxilio?

El préstamo de auxilio es un préstamo de libre disposición para el usuario reajustable en U.F. El monto a otorgar en cada caso dependerá de las disponibilidades presupuestarias y del monto líquido de la pensión del interesado. Su solicitud se hace directamente en los Departamentos y Delegaciones de Bienestar donde una Junta Económica verifica los antecedentes y, posteriormente, aprueba o rechaza dicha petición. Estos préstamos se encuentran regulados por la directiva D.G.P.A. 9-31/3-002/S-1.

4. ¿Cuál es el procedimiento para integrar a una persona como carga familiar?

El Sistema Único de Prestaciones Familiares es una ley de la República y su aplicación en la Institución se encuentra regulada por el Reglamento 7-31/27 de 1974. Uno de los requisitos que se exigen para que cónyuges, ascendientes, hermanos, hijos u otros se constituyan como carga familiar es que vivan a expensas del beneficiario y que no perciban ingresos iguales o superiores al 50% del ingreso mínimo. Otro requisito es la edad o estado civil, dependiendo quién sea el causante. Para obtener el reconocimiento y pago de las asignaciones que corresponde, el beneficiario deberá elevar una Solicitud de Reconocimiento y Pago de Asignación Familiar con los antecedentes que justifiquen la procedencia de su derecho, al Departamento de Beneficios Sección Cargas Familiares de la D.G.P.A., a través de su respectiva Unidad o Repartición. Los causantes deben ser acreditados con los correspondientes certificados del Registro Civil, y en el caso de los estudiantes mayores de 18 años, dicha calidad deberá ser certificada por la autoridad educacional que corresponda, en cada período regular de estudios, sin perjuicio del control que en esta materia deberán ejercer las entidades otorgantes del beneficio.

Una vez comprobada la procedencia del mismo, la D.G.P.A. emitirá una resolución que individualice al beneficiario y al o los causantes y señale la fecha de inicio de las asignaciones y la de término, si fuere procedente, ordenando el pago de las sumas adeudadas desde aquella fecha si hubiere lugar a ello.

Por tratarse de una ley de la República, la institución no puede efectuar modificaciones o excepciones a las disposiciones contenidas en ella. Sin embargo, en lo que se refiere a la atención médica los hijos mayores de 24 años, que mantengan la calidad de estudiantes, pueden optar hasta los 28 años a la TIF categoría A2 condición Contado, que brinda atención con una tarifa más conveniente que la particular.

Convenios

1. ¿Qué hacer para realizar una incorporación y/o renuncia a convenios y/o aportes voluntarios?

    1. Las habilitaciones y suspensiones para compras por convenios comerciales para cónyuges y cargas familiares son a través de Mensaje Naval directamente al Departamento de Bienestar Social Valparaíso.

    2. Las incorporaciones y/o renuncias sobre aportes voluntarios civiles (Círculos, Clubes, Hogar 'Arturo Prat', Hogar de Cristo, Fundación 'Las Rosas', etc.) se deberán hacer por escrito a través de las mismas instituciones.

    a) Incorporación: la solicita entidad con autorización firmada por servidor.
    b) Renuncia: se solicita por escrito a la entidad correspondiente, con copia área convenios institucionales BIENVALP, al correo electrónico: Contacto

    c) Mayor información de instituciones civiles: Área Convenios Institucionales, Asistencia Comercial BIENVALP a los teléfonos: 32-2439164 / 2439166 o llicos 6228 - 6234, anexo 647, correo electrónico: Contacto

    3. Las incorporaciones a la Fundación "Blanca Estela" y Centro de Rehabilitación  "Dalegría": 

    a) Fundación "Blanca Estela": contactar llicos 8103 - 8185, correo electrónico: Contacto para coordinar procedimiento y solicitud formulario correspondiente.
    b) Centro de Rehabilitación "Dalegria GMM": contactar al llico 8987 y enviar formulario firmado al correo electrónico: Contacto y Contacto.

    4. Incorporación y/o renuncia Descuento Ayuda Social: efectuar solicitud por Mensjae Naval a BIENVALP.

    5. Incorporación y término Aporte Voluntario Servicio Religioso, contactar al teléfono 32-2848309 y enviar formulario firmado según directiva DGPA 011/B, al correo electrónico Contacto, con copia al correo electrónico: Contacto.

    Incorporaciones y/o renuncias LegalChile enviar carta escaneada a LegalChile S.A. Sr. Juan Carlos Cardenas, E-mail: Contacto con copia al Departamento III, Dirección General del Personal a Contacto, llico 8405.

     

    2. ¿Cómo puedo saber mi disponibilidad de crédito y recibir autorización para realizar compras en las casas comerciales en convenio

    Debe llamar al (32) 2526538 (Llico 6538) donde un sistema de audiorespuesta contestará su llamada y le presentará una serie de opciones mediante mensajes. Sólo deberá elegir la opción a realizar introduciendo un número en el teclado del teléfono y navegar por los diferentes menús hasta encontrar la información solicitada (cupo disponible, gastos efectuados en el mes, cambio de clave de acceso, etc.).

    Es importante señalar que al ingresar por primera vez al sistema debe discar los primeros cuatros dígitos del NPI y, posteriormente, definir una nueva clave de acceso que sólo debe ser de cuatro dígitos.

    3. ¿Cuáles son los derechos y responsabilidades del Personal cuando realizar una compra con una casa comercial?

    Es su obligación, antes de suscribir el contrato mediante el cual adquiere un bien o servicio, informarse sobre las condiciones pactadas, de tal manera de poder comparar antes de tomar una decisión. Incluso, cuando le asistan dudas o se trate de la firma de un contrato de importancia, puede solicitar la asesoría jurídica del Departamento de Bienestar Social correspondiente.

    Además, si comprueba que la empresa comercial o de servicio no está cumpliendo el acuerdo, debe informar inmediatamente las observaciones por mala atención y sugerencias para mejorar el convenio, escribiéndonos al correo electrónico Contacto.

    Responsabilidades

    Es obligación del personal de la Institución identificarse con el Carnet de Identidad y la Tarjeta de Identificación Naval (TIN), no debiendo entregar fotocopia de ellos. Es obligación del deudor informar, al Departamento de Bienestar Social respectivo, cualquier situación que pueda producir la interrupción del descuento mensual acordado, tales como:

    1) Cambio de NPI.

    2) Permiso sin sueldo.

    3) Pérdidas de TIN o TIF.

    Asimismo, el personal debe verificar sus descuentos, informando de inmediato cuando éste no se haya efectuado, existan deudas o descuentos indebidos.

    Personal que pasa a Retiro

    El personal que se acoge a retiro con deudas por convenio debe contactarse personalmente con los Departamentos de Bienestar Social respectivos a fin de convenir el pago y evitar cobranzas de tipo judicial por parte de las casas comerciales.

    Derechos

    El personal y su cónyuge tienen el derecho de utilizar los beneficios de los convenios en las condiciones pactadas, pudiendo exigir al vendedor que muestre la copia del mismo cuando les asistan dudas sobre su contenido. El mejor control de este servicio lo tiene el usuario, informando al Departamento de Bienestar Social que corresponda o a la Dirección de Bienestar Social a través de sus respectivos mandos, las observaciones por mala atención y sugerencias para mejorar el convenio.

    5. Si soy Personal en Retiro de la Armada, ¿qué procedimiento debo realizar para obtener descuento en las farmacias convenio?

    Debe contactarse con el Departamento de Bienestar Social Valparaíso, que es el encargado de realizar los descuentos por Convenio Armada, llamando a los teléfonos (32) 2439171 - 2439172.

    Ahorro Naval y Vivienda Propia

    1. ¿Qué es el D.A.N.?

    El Sistema de Ahorro Naval para la vivienda tiene por objeto fomentar, incrementar y administrar los recursos ahorrados por los miembros de la Institución obteniendo el máximo de rentabilidad en el mercado de capitales, con el propósito de contribuir a la obtención de la vivienda propia.

    2. ¿Cómo incorporarse al D.A.N.?

    ¡Muy fácil! , sólo basta con acercarse a las oficinas del Departamento de Ahorro Naval y Vivienda Propia de la Dirección de Bienestar Social de la Armada ubicadas en Avenida Almirante Jorge Montt 11.700, las Salinas, Viña del Mar, e incorporarse a un plan de ahorro firmando la solicitud de incorporación a una cuenta de ahorro. Si no se encuentra en la Región de Valparaísodebe ingresar a nuestra página Intranet, menú Ahorro para la Vivienda y desde el link "Contrato D.A.N, Aportes y Giros", descargar e imprimir el Contrato de Adhesión y enviarlo a nuestras oficinas en Viña del Mar.

    Características del Sistema

    Seguridad: Los fondos son invertidos en diversos instrumentos financieros, con el fin de obtener una buena rentabilidad al mínimo riesgo asociado a este tipo de operaciones, por lo que su dinero crece seguro. Las inversiones se realizan en instrumentos financieros de renta fija de instituciones chilenas.

    Comodidad: Descuento por planilla, el usuario opera desde su repartición a través de mensajes, memorandos o correo electrónico.

    Atención Personalizada: Todas sus dudas y problemas son tratados individualmente, estando a su disposición toda la asesoría financiera que requiera.

    3. ¿Cómo se administran los fondos?

    Los fondos se encuentran bajo una administración discrecional a cargo de una Corredora de Bolsa, que ofrece el manejo integral de las inversiones a desarrollar. En la administración discrecional, el cliente define los criterios de inversión y la entidad financiera (corredora de bolsa), decide y ejecuta las inversiones por cuenta del cliente.

    Criterio de Inversión

    Las inversiones se efectúan de acuerdo a las normas establecidas para las Administradoras de Fondos de Pensiones, conforme lo disponen los artículos 45 y siguientes del D.L N° 3.500 de 1980 y las modificaciones que en el futuro se dicten.